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na buena parte de políticos profesionales, sus abogados y funcionarios designados vienen esforzándose en convencernos de que fallos y sentencias judiciales, que no pueden esconder su carácter monstruoso, tienen que ser cumplidas y ejecutadas con fatal resignación, porque impugnarlas y enfrentarlas sería un abominable acto contra la “seguridad jurídica”. Entran en esa canasta desde los fallos que mutilan la obligación de fiscalizar actos de gobierno hasta los que obligarían a ceder sumisamente patrimonio público, sea territorial o de otra índole.

El ejemplo palpitante es el intento de asalto jurídico contra la población cruceña, forzando a que entregue parte de su patrimonio a una familia que obtendría con ello un beneficio superior a doscientos millones de dólares. Ese monto representaba, a finales del pasado mes de marzo, unas tres y media veces del total de la cantidad de dólares físicos que el Banco Central disponía como Reservas internacionales netas del país.

El alcalde cruceño saliente y su vocero juegan a justificar su última y completa traición en este caso, bajo el supuesto de que “irían a la cárcel” si no entregan papeles que legalizan la pérdida del mercado Mutualista, cediéndola a quienes fraguaron lo que tiene la más compacta apariencia de una estafa a escala monumental. Se cuelgan así de la declaración que hizo un perdidoso candidato a alcalde quien anunció que, si ganaba, se apuraría a entregar los papeles requeridos por la escandalosa sentencia de los autoprorrogados del Tribunal Constitucional (TCP) para salvarse de la cárcel.

Para que el riesgo de ir preso se convierta en real sería necesario que los actuales cuatro miembros del TCP decidan complicarse con los delitos de los autoprorrogados, que instruyan al Ministerio Público (sobre el que también pesan sospechas de haber intervenido dolosamente en el caso) que ordene a la Policía a movilizar sus efectivos para cumplir la aprehensión y que, bajo coartada legal, el ministerio encargado asuma la responsabilidad de pringarse.

Las presuntas potenciales víctimas cierran los ojos a que esa cadena de acontecimientos puede romperse en cualquiera o en todos sus eslabones, desde el momento que el actual TCP está prácticamente amarrado, debido a que el Parlamento mantiene congelada la ley que le permita actuar plenamente. Con un público informado de que para fraguar la aberrante sentencia ha sido necesario acumular una montaña de irregularidades dentro la alcaldía cruceña y el TCP manejado por los autoprorrogados, es dudoso que, pese a los estímulos corruptos, alguien se atreva a dilapidar su capital político jugándose por una orden viciada por todas las ilegalidades cometidas para emitirla.

La invocación de “seguridad jurídica” no puede esconder la cobardía y claudicación que implica burlar el juramento de cumplir y hacer cumplir la Constitución, que hacen todos los funcionarios electos al asumir funciones, ni los delitos que se cometen al omitir esa obligación en su área de competencia.

El pesado silencio de los máximos encargados por velar el respeto a la Constitución, se desnuda en este caso con la presentación del recurso de un ciudadano privado, después de casi cuatro años de esfuerzos incesantes de algunos concejales, organizaciones civiles como el colegio cruceño de arquitectos, periodistas, columnistas que no pudieron movilizar al Estado.

El columnista Delmar Apaza ha hecho un preciso resumen de los planteamientos de la Acción Popular en su publicación del 19 y 20 de marzo en los diarios cruceños “El Día” y “El Deber”. Destaca como cuestiones clave: 1) Recordar que “quién tiene mejor derecho de definir entre dos registros superpuestos, es competencia exclusiva de la justicia ordinaria -no del TCP-; 2) omisión “en una sentencia de control de constitucionalidad que la Constitución establece que los bienes patrimoniales de las entidades públicas son inviolables, inembargables, imprescriptibles e inexpropiables. Se agrega que 3) el mercado Mutualista (..) es un bien que sirve a miles de familias, construido con sus medios por las asociaciones de comerciantes, y por décadas ha prestado un servicio público cotidiano; 4) la fragilidad de “una sentencia que ordena entregar patrimonio (público) esté firmada por personas cuya legitimidad institucional está cuestionada (los autoprorrogados).

Es igual de importante el rescate de decisiones que limitan el falso carácter absoluto e irremediable de fallos del TCP y salas constitucionales. La actuación del Tribunal Supremo de Justicia que ordenó una supervisión del proceso ayudó mucho a que se visibilicen irregularidades, sin que haya logrado aportar la solidez y precisión de la Acción Popular.

La importancia nacional de este caso, más allá de los indicios de participación corrupta de más de un alcalde, concejales, funcionarios ediles, fiscales y jueces es que prueba, nuevamente, la inutilidad de cualquier reforma de la justicia que no arranque cancelando la impunidad de unos supuestos guardianes de la Constitución que actuaron como sus más implacables verdugos.

Róger Cortez Hurtado es docente investigador.

El presente artículo de opinión es de responsabilidad del autor y no representa necesariamente la línea editorial de Datápolis.bo.