
n medio de un enfrentamiento entre el presidente y el vicepresidente del Estado, ha dejado de existir el Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional. El presidente Paz Pereira se refirió a él como el “ministerio de la persecución” y dijo que lo enterraría “bien enterrado”. La medida ha recibido la aprobación de la mayoría de la ciudadanía.
El desaparecido ministerio era una instancia de relacionamiento del Ejecutivo con el Judicial, que ha existido desde el momento en que se fundó la república de Bolivia y se aprobó su primera constitución, en 1826.
A lo largo de su historia, Bolivia conoció varias normas de organización del Órgano Ejecutivo: Ley de Organización Provisional del Poder Ejecutivo, de 1826, Ley de Organización Política, de 1888; Ley de Bases del Poder Ejecutivo, de 1970; Decreto Ley Nº 10460, Ley de Organización Administrativa del Poder Ejecutivo, de 1972; Ley de Ministerios del Poder Ejecutivo, de 1993; Ley Nº 1788, de Organización del Poder Ejecutivo, de 1997; Ley Nº 3351, de Organización del Poder Ejecutivo, de 2006.
Las últimas modificaciones en la materia se hicieron mediante decreto supremo: Nº 29894 (2009), bajo el argumento de que Bolivia era un nuevo país y no era necesario que el Congreso conociera la ley que regularía la estructura y funcionamiento del Órgano Ejecutivo. Y los decretos Nº 4857 (2023) y 5164 (2024), dictados durante la presidencia de Luis Arce.
El Ministerio de Gobierno (llamado a veces “del Interior”) contó desde sus inicios con una función relativa a la justicia. En 1826, cuando fue creado, se llamaba Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto y tenía bajo su competencia temas relacionados con la administración interna, la seguridad pública, el régimen penitenciario, el orden público, las relaciones eclesiásticas y otros aspectos esenciales del funcionamiento del Estado, como se lee en la página web de la institución.
Con la Ley de Organización Administrativa del Poder Ejecutivo de 1972, esta cartera de Estado se llamaba “Ministerio del Interior, Migración y Justicia” y el subsecretario (en aquella época no había viceministerios) era todopoderoso respecto al nombramiento de los ministros de la Corte Suprema de Justicia y de los Fiscales (General, de Distrito, Partido y Agentes Fiscales), pues en gobiernos de facto o dictatoriales (no son lo mismo), las normas constitucionales para la designación de los altos cargos del Poder Judicial estaban archivadas. Antes de 1982, sólo en 1979, durante la presidencia de Guevara Arce, los diputados designaron a los supremos como mandaba la Constitución.
El 17 de septiembre de 1993, se promulgó la Ley de Ministerios del Poder Ejecutivo, que incluyó en la estructura del mismo, por primera vez, al Ministerio de Justicia con las competencias de actuar en todo lo inherente a las relaciones del Poder Ejecutivo con el Poder Judicial y el respeto de los derechos humanos, y en particular: a) Proponer y administrar la política nacional de defensa, protección y promoción de los derechos humanos, y velar por la aplicación de los tratados y convenios internacionales sobre la materia. b) Administrar el programa nacional de defensa pública para promover y mantener el equilibrio del debido proceso legal. c) Disponer la divulgación y promoción del conocimiento de los derechos humanos. d) Promover la eficiencia, eficacia e idoneidad en los servicios legales del Poder Ejecutivo. e) Proponer las medidas legislativas y administrativas convenientes para la lucha contra la corrupción y la impunidad. f) Proyectar y proponer la actualización y corrección de concordancias de la legislación codificada vigente y de las leyes especiales que componen esa parte del ordenamiento jurídico”.
¿Alguien, en su sano juicio, podría estar en contra de un ministerio que se ocupe de tales funciones? Sin embargo, la mayoría de la población aplaudió la decisión del presidente Paz Pereira. ¿Qué fue lo que pasó para que suceda esto? Pasó que, durante los gobiernos del MAS, esa cartera fue ocupada por incapaces o por sujetos descalificados o inescrupulosos que actuaron como cabeza de un sicariato judicial en contra de disidentes y opositores, inventándoles juicios de todo tipo y encarcelando inocentes y ocasionando la muerte de muchos. (Un resumen de ello puede encontrarse en un reciente artículo de William Herrera Áñez, “Los sicarios judiciales”.
¿No recordamos acaso las múltiples ocasiones en que un ex ministro dictaba por medios de comunicación la pena con la que determinado tribunal habría de sentenciar a ciertas personas? ¿No recordamos acaso el escándalo en que se encuentra un ex ministro por el caso “consorcio” destapado últimamente? Una ex ministra que fue, en su momento, MAE de una institución, mandaba, en 2019, mochilas con bombas molotov y proyectiles, e instrucciones para que los empleados de la misma se agruparan e hicieran fechorías contra quienes marchaban pacíficamente en contra del fraude de Evo Morales. Todo eso y mucho más ha desprestigiado al Ministerio de Justicia.
Pero, habría que recordar a quien fue el primer ministro del ramo, René Blattman, y los propósitos que le guiaron a crear esa instancia del Ejecutivo. Y sería bueno pensar que, no porque descalificados, inescrupulosos o ignorantes hayan ocupado esa cartera de Estado, ésta deba desaparecer.
Carlos Derpic es abogado.
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